Araceli Teixidó
En psicoanálisis, existe el concepto de acto que
no es lo mismo que una actuación, tiene más que ver con el concepto filosófico
de algo que se realiza a partir de una potencia. Lacan comparó su valor al acto
jurídico – como inscripción simbólica que da su carácter de inscripción social
a un hecho, cómo un acta de nacimiento, una acta matrimonial... – o como el
acto poético – como expresión surgida de la sublimación de la potencia de la
vida -. El acto tiene esta doble vertiente de valor simbólico sin ser un
símbolo, ya que surge desde el cuerpo, desde lo más vivo del sujeto que lo
realiza, constituye una apuesta que se juega con su ser.
Freud distinguió dos procesos psíquicos de
descarga del malestar: el proceso primario y el proceso secundario. El proceso
primario es la actuación, por ejemplo la respuesta agresiva como descarga
inmediata de un malestar. El proceso secundario es el pensamiento, para que se
produzca es necesario que el proceso primario se vea impedido. Por ejemplo,
cuando un padre prohíbe a su hijo pegar, este se ve obligado a reflexionar
sobre la manera de resolver lo que le preocupa en lugar de la descarga
inmediata.
El acto es superior a la actuación y se equipara o
supera al pensamiento. Siempre que se llega a límites en el lenguaje, por
ejemplo cuando se llega al final de cualquier discusión en la que no hay
acuerdo, debe tomarse una decisión. Cuando el que decide es el amo, la decisión
que se adopte será la suya. Pero si no se reconoce la autoridad del amo, será
necesario tomar una decisión por cuenta propia. De mucho más riesgo, por supuesto, que cuando
uno se mueve en el marco que el amo ha instituido. Igualmente, si hay un marco
legal, la decisión puede atenerse a ese marco legal. Pero si lo que se juega es
la validez de ese marco legal, entonces quizá deba producirse un acto. Diría
que es lo que ocurre en este momento en Catalunya.
Actos fueron los de la primera mujer negra que no
cedió su asiento en el autobús o los de las mujeres feministas que lucharon por
una ley que no prescribiera la autorización del marido para poder pedir el
divorcio.
El acto
cuando se produce interrumpe el curso de los acontecimientos o de su
previsibilidad. Instaura un comienzo. Así, fue un acto que César cruzase el
Rubicón, que como todo el mundo sabe es un riachuelo. Y fue un acto no por la
dificultad natural de cruzarlo – nula – si no por el valor simbólico de hacerlo
y las consecuencias que tuvo en el orden mundial, por ello César no lo llevó a
cabo si no tras una noche de angustia.
Hoy asistimos a un momento político que se produce
alrededor de un acto. Después de muchos años de infructuosos intentos de
gobernar su nación y de intentar conversar con el estado español, los
dirigentes de la nación catalana animados y secundados por el pueblo que les
votó, han superado la organización normativa y legal del estado, instaurando un
nuevo orden. La ley del referéndum y la ley de transitoriedad jurídica son eso:
un acto político. Lo hacen convencidos, pero no tranquilos. Saben que las
consecuencias son imprevisibles y que son responsables de su decisión. Pero lo
asumen, al contrario que otros que se esconden en una legalidad secuestrada que
no es más que un escudo de su miedo.
Nada será igual después de este acto, pase lo que
pase el 1-O.
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